29/03/2024 - Edición Nº2927

Politica

Por seis meses

Gobierno provincial abrió retiro voluntario opcional para empleados públicos

24/05/2018 | Un decreto avanzado este jueves por el Gobierno provincial establece la posibilidad de que los agentes contemplados en la ley 10.430 puedan optar por el retiro voluntario. El Programa de Retiro será de seis meses desde la entrada en vigencia del decreto.


por Redacción



"Todos los agentes que revisten en las Plantas Permanentes con Estabilidad del Poder Ejecutivo Provincial, Organismos de la Administración Centralizada, Desconcentrada y Descentralizada, con las excepciones indicadas en el artículo siguiente, podrán optar por el régimen de retiro voluntario, adhiriendo a los Programas que se implementen con sujeción a las disposiciones establecidas en el presente", dice el primer artículo del mismo. */
En base a los datos del Decreto 2018-265 firmado por la gobernadora de la Provincia de Buenos Aires, María Eugenia Vidal podrán optar por el régimen de retiro voluntario todos los agentes que lleven adelante funciones en las Plantas Permanentes con Estabilidad del Poder Ejecutivo Provincial, Organismos de la Administración Centralizada, Desconcentrada y Descentralizada.
Quienes no podrán hacer uso de esta opción será el personal que reviste en los Regímenes de Policía Provincial y el Servicio Penitenciario Bonaerense.

 

Indemnizacion

 

 El personal que decida optar por adherir al Plan de Retiro Voluntario y que sea aceptado tendrá derecho a una indemnización por cese según la escala que se da a conocer en el documento.
Las cuotas a percibir en el momento del cese se calcularán y abonarán en base a la remuneración mensual normal y habitual bruta de cada agente.
En tanto para las restantes se tomará como base la remuneración mensual normal y habitual neta percibida por cada agente luego de efectuadas las deducciones legales.
El cálculo de la indemnización se deberá tomar la mejor remuneración mensual normal y habitual percibida por el agente en los SEIS (6) meses anteriores al acto administrativo que dispone la aceptación del retiro, incluyendo todos los conceptos de pago mensual, adicionales, bonificaciones y sumas no remunerativas.
Se excluyen las sumas percibidas en concepto de viáticos, horas extras, sueldo anual complementario, así como todo concepto de frecuencia de pago no mensual. A los fines del cálculo de la antigüedad, los períodos superiores a TRES (3) meses, se considerarán año completo.

 

 Algunos artículos

 


* / Podrán optar por el retiro voluntario todos aquellos agentes que revisten en las Plantas Permanentes con Estabilidad según lo estipulado en el artículo 1° del presente, que a la fecha de entrada en vigencia del presente registren una antigüedad de DOS (2) años o más e inferior a los VEINTICUATRO (24) años en la Administración Pública y le faltaren más de CINCO (5) años para acceder a un beneficio jubilatorio. La Administración podrá denegar la solicitud cuando, a su juicio, el retiro del agente afectare el regular funcionamiento del área o el sector en que se desempeñe.
El plazo para adherir al Programa de Retiro será de seis (6) meses contados a partir la entrada en
vigencia del presente decreto, pudiendo ser prorrogado por igual período por la Autoridad de Aplicación vía reglamentaria.

- La adhesión al Régimen de Retiro Voluntario impedirá la reincorporación por un plazo de CINCO (5) años del agente en cualquiera de los regímenes comprendidos en la
Administración Pública Provincial, incluyendo Entes Autárquicos, Organismos Descentralizados, Fideicomisos o Sociedades en las que el Estado participe como socio mayoritario. La adhesión al régimen de retiro voluntario implicará la aceptación de la inexistencia de reclamos fundados en la extinción de la relación de empleo público por vía del retiro.

- Establecer que los agentes que optaren por el retiro establecido en la presente contarán con la cobertura que brinda el Instituto Obra Médica Asistencial (IOMA) por un periodo de DOS (2) años contados a partir del cese, la que caducará si el ex agente por su situación laboral pasara a contar con otra cobertura asistencial


- La Subsecretaría de Capital Humano, a través del Instituto Provincial de la Administración Pública (IPAP), organizará programas de formación complementaria destinados a facilitar la reinserción de los adherentes al Retiro Voluntario en el ámbito de la actividad privada.
Dichos programas tendrán una duración máxima de TREINTA (30) días corridos y cada adherente podrá participar en cualquiera de ellos a su elección, una vez operado su cese en la Administración Provincial.

En desarrollo

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