20/04/2024 - Edición Nº2949

Politica

Disputa

Comisión por la Memoria objetó creación de Guardia Urbana platense, y Municipalidad respondió

16/10/2018 | Ante el proyecto para crear la Guardia Urbana de Prevención (GUP) en La Plata, la Comisión Provincial por la Memoria (CPM) elaboró un duro documento y reclamó que la propuesta sea rechazada por tratarse de una legislación contraria a estándares de derechos humanos, a la Constitución nacional y a fallos de Corte Suprema. La GUP estaría dotada de atribuciones y objetivos que, por su vaguedad e imprecisión, permitirían a los agentes municipales amplios márgenes de arbitrariedad y discrecionalidad en sus prácticas, posibilitando la consumación de mayores hechos de violencia institucional. El Municipio, en una extensa misiva, respondió y negó equiparación como fuerza de seguridad y violación a principios constitucionales.


por Redacción



Según la interpretación de la institución que preside Adolfo Pérez Esquivel, el proyecto de creación, la Guardia Urbana de Prevención (GUP) tendría, como fuerza de seguridad, el objetivo de “prevenir situaciones de riesgo en la vía pública”. La vaguedad en la determinación de sus atribuciones y funciones podría significar, en los hechos, la creación de un cuerpo parapolicial con un margen de maniobra y acción discrecional. En estos términos, la propuesta es claramente inconstitucional puesto que el Municipio se arrogaría así atribuciones, referidas a la garantía de la seguridad, que sólo pertenecen al Estado provincial.
La Comisión Provincial por la Memoria (CPM) presentó recientemente un documento manifestando su preocupación por este proyecto y advirtiendo acerca de su inconstitucionalidad. También se reunió con concejales de todas las fuerzas políticas para expresar su posicionamiento.
En su presentación, la CPM señaló que el proyecto de creación de la GUP tiene inmensas similitudes con otros intentos del Municipio de La Plata por crear dispositivos de seguridad al margen de la ley. El organismo recordó la creación en 2017, por medio de una resolución, de la Guardia de Prevención dependiente de la Dirección de Seguridad de Edificios Públicos. Los temores sobre la posibilidad de que esta guardia edilicia actuara de manera arbitraria, desmedida y violenta rápidamente quedaron demostrados, dicen.
Y luego afirman que a los pocos meses de su creación, al menos ocho empleados de la Municipalidad de La Plata privaron de su libertad de manera ilegal a dos jóvenes menores de 18 años, propinándoles golpes de puño y patadas. Cuando arribó al lugar el director de Seguridad Edilicia de la Municipalidad de La Plata, obligaron a los chicos a quitarse las remeras, las zapatillas y las medias.
Por esos hechos, la CPM presentó un habeas corpus ante el fuero de responsabilidad penal juvenil de La Plata, que fue aceptado por la justicia ordenando a los empleados municipales de la guardia de prevención “abstenerse de intervenir en tareas de seguridad vedadas por la ley, reservadas exclusivamente a los cuerpos policiales de la Provincia de Buenos Aires”. Ese antecedente es una prueba irrefutable de las consecuencias que puede traer la creación de un dispositivo municipal de esta índole. Sin embargo, y a pesar de los fallos judiciales, la Municipalidad insiste en avanzar con un proyecto de características similares como es la GUP.

La respuesta de la Comuna

En una extensa nota, la gestión del intendente Julio Garro dice en parte de la misma: "en vuestro documento, se afirma la inconstitucionalidad, e incongruencia del proyecto, con nuestra Constitución Provincial y Pactos Internacionales, por expresar en sus considerandos, la preocupación municipal, de velar por la seguridad pública, y por citar el antecedente de encontrarnos dentro de la prórroga de la “Emergencia en Seguridad Pública”, establecida bajo la Ley Nº 14.990 , y el “Plan de Seguridad 2018-1019” , lo cual NO está afirmando ninguna competencia, ni expresa, ni tácita, que vaya la GUP a asemejarse a fuerzas de seguridad alguna, que sabido está, su conformación es exclusiva y excluyente de la Provincia y la Nación respectivamente, sin dejar de mencionar el carácter de servicio público que limita de base tal situación".
"No obstante ello, la ciudad cuenta con la policía local, que como bien se sabe, actúa bajo la normativa y disposiciones pertinentes del Decreto 373/14 y Resolución Ministerial 835/14, conformando así las Unidades de Policía de Prevención, habiendo el Municipio adoptado todas las medidas pertinentes para contar con ella", puntualizan.
"Con respecto al Habeas Corpus interpuesto por vuestra Comisión, en cuya Resolución Judicial se dispuso la revisión por parte de la comuna del “Protocolo de acción para el personal del Programa Guardia Urbana de Prevención Municipal”, el mismo fue dejado sin efecto por la misma autoridad emisora. En ningún momento se desoye, ni se deja de actuar en consecuencia de las disposiciones judiciales obrantes en el fallo. Dicha revisión ordenada fue llevada a cabo, y estudiada al efecto", añaden luego.
"El presente proyecto, que se encuentra recorriendo los correspondientes ámbitos de procedimiento legislativo para su debate y oportuna sanción, no contiene preceptos que contemplen la posibilidad de un accionar discrecional por parte de dichos agentes", contestan.