El juez descartó que las personas denunciadas hayan afectado u obstaculizado la investigación por una presunta "administración fraudulenta" de la empresa estatal y consideró que "difícil es sostener que ello habría de ocurrir a partir de este momento”.
En referencia al beneficiado por su medida, Fernando Lisse, uno de los tres ex directivos de YCRT que habían pedido la eximición de prisión tras conocerse el requerimiento del fiscal Stornelli al juzgado, Rodríguez sostuvo que "el encierro preventivo del nombrado importaría una medida cautelar excesiva".
Fuentes judiciales dejaron trascender que el magistrado también ordenó que se investigue la filtración a la prensa del trámite, que estaba bajo secreto de sumario.
Aunque Rodríguez no se manifestó sobre el pedido que hizo Stornelli contra De Vido, quien tampoco había hecho ninguna presentación en el juzgado, se estima que el mismo criterio podría ser aplicado al resto de los 23 acusados por el fiscal.
Los otros dos ex funcionarios del yacimiento santacruceño que pidieron no quedar detenidos son Miguel Larregina y Marta Pérez, quienes aguardan recibir idéntico beneficio en las próximas horas.
“Es necesario tener en cuenta que la única justificación constitucionalmente válida para mantener privada de su libertad a una persona durante el proceso, cuando aún goza de la presunción de inocencia, es la existencia de peligro procesal”, sostuvo el juez.
Añadió, en ese sentido, que la detención debería concretarse solo ante “la existencia de elementos de convicción suficientes para presumir que intentará fugarse o que estando en libertad entorpecerá el desarrollo de la investigación”.
El martes pasado, Stornelli solicitó la indagatoria y detención de 23 personas, encabezadas por De Vido, cuyo desafuero pidió dado que goza de inmunidad parlamentaria.
Entre los funcionarios denunciados por Stornelli están el segundo de De Vido, Roberto Baratta, y el ex secretario de Minería Jorge Mayoral, a quienes también acusó por una presunta malversación por 26 millones de pesos destinados a reactivar el yacimiento.
“Asiste razón al incidentista en cuanto a que el dictamen del Dr. Stornelli fue recibido en esta judicatura el día 04 de julio del corriente a las 07:45 horas, momento desde el cual se encuentra a estudio del Tribunal sin que las partes hayan podido acceder a su vista ni fotocopiado. Por ende, frente a la postura de la defensa en cuanto a la posible comisión del delito de revelado de secretos previsto por el artículo 157 del C.P, corresponde extraer los testimonios correspondientes para que otro juez intervenga al respecto”, aseveró Rodríguez.
Aludiendo al pedido de la defensa de Lisse, resaltó que “resulta necesario ahondar la pesquisa a través de nuevas diligencias probatorias y el análisis conjunto de la copiosa documentación que ya se encuentra secuestrada” y destacó que es “imperativo destacar que el Tribunal ya ha adoptado las medidas necesarias respecto del aseguramiento de los elementos probatorios”.
También descartó un posible entorpecimiento de la investigación al sostener que “se encuentra reservada a resguardo y custodia del Tribunal la totalidad de la extensa documental recabada en los múltiples allanamientos oportunamente practicados en la sede central de la Universidad Tecnológica Nacional (U.T.N), en la sede de la empresa Yacimiento Carbonífero Río Turbio (Y.C.R.T), en la Facultad Regional Santa Cruz y en la Fundación Facultad Regional Santa Cruz”.
En referencia al riesgo alegado por Stornelli de que "se tramen complicidades entre los involucrados y se impida continuar acabadamente con la pesquisa’, Rodríguez reiteró que "varios de los imputados ya han tenido acceso al expediente –iniciado hace más de un año- y han participado de diversos actos procesales, de conformidad con los derechos que la normativa procesal les otorga”.