28/03/2024 - Edición Nº2926

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Lo que viene

La Plata: Dañar árboles se sancionará con un mes de arresto y hasta $ 346.000 de multa, y agredir un monumento con más de medio millón

08/10/2018 | El anteproyecto del nuevo Código de Convivencia que será presentado este martes por el intendente de La Plata, Julio Garro, prevé entre otras cuestiones multas de hasta 346.000 pesos y un mes de arresto para quienes dañen árboles, plantas, flores u otros objetos de dominio público, y además fuertes multas. Y las agresiones a monumentos, sitios históricos o edificios religiosos tendrá un castigo de hasta más de medio millón de pesos para el autor.


por Redacción


Garro presentará este martes el anteproyecto de Código de Convivencia, un compendio de normativas destinadas a mejorar la vida en sociedad de la capital bonaerense.
La gestión comunal tiene previsto que el anteproyecto sea enriquecido por los vecinos, antes del sometimiento definitivo en el Concejo Deliberante.
El borrador que se colocará a disposición de la gente tiene unos 344 artículos, y una multiplicidad de temáticas que van de regular la actividad nocturna, utilización de espacios públicos, salubridad, manejo de mascotas, entre otras cuestiones.
Se destaca, entre otras cosas, las duras sanciones para infractores, no solo con arrestos sino con multas que en algunos casos podría superar el medio millón de pesos al día de hoy. Cabe mencionar que una sanción económica se calcula por módulos, y cada módulo vale el 2 por ciento del sueldo mínimo inicial de un trabajador de planta permanente de la Comuna, o sea 173 pesos para la actualidad.


Dañar árboles, plantas y flores será duramente castigado

Uno de los aspectos del anteproyecto destaca en su artículo 169 que “El que dañare árboles, plantas, flores, sus tutores o arrietes, bancos, asientos, u otros elementos existentes en paseos, parques, plazas, ramblas y demás lugares o bienes del dominio público será sancionado con multa de 30 a 2000 módulos y/o arresto hasta 30 días”.
Una situación similar ocurrirá para los que encendieran fuego en lugares públicos, de acuerdo a lo previsto en el artículo 183.
La circulación peatonal será asegurada, y quienes la obstruyeran podrán ser sancionados con hasta 103.800 pesos.
Dañar un monumento costará hasta 519 mil pesos de multas y arresto. En ese marco, el artículo 185, destaca: “el que dañare monumentos, bustos, placas, mástiles, o elementos afines ubicados en paseos, plazas, parques, ramblas, veredas y demás lugares públicos, será sancionado con multa de 30 a 3000 módulos y/o arresto hasta 30 días”.
Asimismo, dañar juegos infantiles o instalados para las prácticas deportivas, costará al infractor hasta 346.000 pesos.
Por su parte, el artículo 203, trata los daños a edificios públicos e históricos, como también a los lugares destinados a cultos religiosos, y allí quien realizare propaganda o publicidad, o alguna escritura sobre ellos, tendrá una sanción de hasta 173.000 pesos con arresto de 15 días.