
por Redacción
Ante la #JubilaciónDigitalDocente, @calp_oficial expresa su profunda preocupación por su puesta en marcha en cuanto generará una clara vulneración de los dchos de las personas administradas, -Abre hilo -
— Col.Abog. de LaPlata (@calp_oficial) 27 de mayo de 2019
El régimen propuesto implica regresar al “anticipo jubilatorio” cuando las demoras en el trámite administrativo son exclusivamente imputables a la administración. Se afecta así el principio de “no regresividad” reconocido por el bloque Constitucional y Convencional vigente.
Más grave aún, el trámite digital no prevé la intervención letrada, lo que impone a las personas realizar el trámite sin contar con asesoramiento profesional que resguarde sus derechos y resulta contrario a las disposiciones de la Ley de Procedimiento Administrativo provincial (Decreto Ley 7647/70), así como a las disposiciones de la Ley 5177.
El Colegio ha hecho conocer estas circunstancias al Presidente del Instituto de Previsión Social de la Provincia de Buenos Aires.
Sin perjuicio de ello, el Colegio dará trámite a las presentaciones recibidas en el marco del Protocolo de Defensa de los Derechos y Prerrogativas de la Abogacía y continuará con el análisis de las acciones judiciales que habrá de interponer en caso de no recibir respuesta satisfactoria.