
Respaldo a Caputo
por Télam
En este contexto, el organismo se rige por el “Artículo 83 del Decreto Nº 1395/1998” donde la violación del régimen diario de frecuencias diurnas y nocturnas en los servicios públicos de transporte urbano de pasajeros, será sancionada en cada caso, con multas de hasta $525.000.
Cabe recordar, que para realizar un reclamo cualquier usuario o usuaria puede comunicarse con la línea telefónica gratuita de CNRT al 0800-333-0300 o hacerlo de manera virtual en control.cnrt.gob.ar