
por Redacción
La medida quedó plasmada en el decreto 393/2023 que determinó que el fenómeno climático, por sus características y magnitud, afecta específicamente a los productores que desarrollan la explotación agropecuaria como actividad principal en esa zona.
Los afectados obtendrán el beneficio de la exención de pago del impuesto Inmobiliario rural correspondiente al inmueble destinado al desarrollo de la actividad agropecuaria, en proporción al porcentaje de la afectación.
El estado de emergencia se da cuando al menos 50% de la producción o capacidad productiva de la explotación se encuentra afectada.
Si la pérdida supera el 80% de la producción, se declara desastre agropecuario y el titular queda eximido del pago de los tributos correspondientes.