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Imágenes íntimas de Luciano Castro: ¿Qué sanción puede tener quien las difunda?

04/10/2019 | En las últimas horas, Luciano Castro, ha sido noticia, por una fotografía privada de él que se difundió en las redes sociales. La imagen se hizo viral tanto en Whatsapp, como en Twitter, Facebook e Instagram.


por Redacción


El actor se encontraba completamente desnudo.  Si bien, Castro aún no ha hecho ningún tipo de declaración al respecto, existe una normativa en la Ciudad de Buenos Aires, que lo protege contra este tipo de situación.

Según una reforma del Código Contravencional de la Ciudad de Buenos Aires, una persona que comparte imágenes ajenas, en las redes sociales y en Intenet, puede recibir una sanción y hasta quedar tras las rejas. 

Lo que dice la norma

La reforma está dispuesta en el artículo 71 bis de la Ley N°6128. Allí se habla sobre la difusión de fotografías privadas sin autorización de manera alevosa. Se establece que aquel individuo que comete este hecho podrá recibir una multa, horas de trabajo comunitario y social y penas de prisión para los casos más graves.

Quien difunda, publique, distribuya, facilite, ceda y/o entregue a terceros imágenes, grabaciones y/o filmaciones de carácter íntimo sin el consentimiento de la persona y a través de cualquier tipo de comunicación electrónica, de trasmisión de datos, páginas web y/o a través de cualquier otro medio de comunicación, siempre que el hecho no constituya delito, es sancionado con una multa de cuatrocientas (400) a mil novecientas cincuenta (1950) unidades fijas o cinco (5) a quince (15) días de trabajo de utilidad pública o con tres (3) a diez (10) días de arresto”, expresa el artículo del Código Contravencional.