por Redacción
La ley establece en su artículo 16° que las entidades inscritas en el Registro serán beneficiarias de una tarifa social básica de servicios públicos, cuya implementación estará a cargo de la autoridad de aplicación que, en el caso del servicio público de gas por redes, es el Enargas.
Hasta hoy no se reglamentó la norma, por lo que los inscritos en el Registro Nacional de Clubes de Barrio y de Pueblo “no pueden beneficiarse con una tarifa acorde con el destino y función social que desempeñan”, indicó un comunicado del Ente.
El interventor del organismo, Federico Bernal, remarcó que esas instituciones “son el semillero del desarrollo deportivo de los barrios y de nuestros pibes”.
En ese sentido, adelantó Bernal, “esta intervención va a poner todo para recuperar las facultades del Enargas, para proteger los derechos de los usuarios y las usuarias”.
El comunicado recordó además que la resolución 615/2016 del ex Ministerio de Educación y Deportes de la Nación estableció una contribución económica no reintegrable equivalente al 40% de las facturas de gas que hayan sido abonadas por los clubes, que previamente hubiesen dado cumplimiento en tiempo y forma con las condiciones y requisitos establecidos por la norma.