24/04/2024 - Edición Nº2953

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Carlos Rosenkrantz, sobre la decisión de la Corte: “Es el único remedio para evitar el daño a las instituciones de la República”

30/09/2020 | El presidente de la Corte Suprema Carlos Rosenkrantz añadió un considerando de la resolución donde se habilita el per saltum: “en virtud de las consideraciones (expuestas por los jueces), resulta indudable que la intervención inmediata de esta Corte es el único remedio eficaz para evitar tanto el daño individual sobre los derechos de los actores como, principalmente, el daño a las instituciones de la República”.


por Redacción


La Corte Suprema habilitó el per saltum que habilita al máximo tribunal a analizar los pedidos de los jueces Leopoldo Bruglia y Pablo Bertuzzi por una parte, y el pedido del magistrado Germán Castelli. En su explicación sobre la decisión, el ministro Carlos Rosenkrantz aseguró que es “indudable la intervención inmediata de esta Corte”.

En una decisión con muchas consecuencias políticas que causó un fuerte cimbronazo entre el Gobierno y la Justicia, la Corte avaló el pedido del per saltum de los jueces Bruglia, Bertuzzi y Castelli, quienes solicitaron se revea la decisión del Senado de cancelar sus traslados a tribunales donde se tratan temas sobre corrupción.

El santafesino Horacio Rosatti aseguró que “es preciso reconocer que el planteo constitucional ventilado en estas actuaciones excede el mero interés de las partes en el presente proceso y atañe al de la comunidad, desde que está en juego la interpretación constitucional de los traslados de los jueces federales”.

Las palabras del presidente de la Corte

El presidente de la Corte, Carlos Rosenkrantz, explicitó su decisión asegurando que “en virtud de las consideraciones (expuestas por los jueces), resulta indudable que la intervención inmediata de esta Corte es el único remedio eficaz para evitar tanto el daño individual sobre los derechos de los actores como, principalmente, el daño a las instituciones de la República”.

“La cuestión a decidir no se reduce únicamente a si un determinado traslado de jueces resulta constitucionalmente válido o no”, indicó Rosenkrantz, quien remarcó que “es una causa en la que podría estar en juego la inamovilidad de los jueces nacionales, es decir, el derecho a permanecer en sus empleos mientras dure su buena conducta (artículo 110 de la Constitución)”.

“Si, como se denuncia, estuviéramos en presencia de acciones de poderes públicos llevadas a cabo en contra de la Constitución, su prolongación en el tiempo causará una lesión en los derechos individuales de los jueces afectados cuya completa reparación futura, de no intervenirse prontamente, resulta -por lo menos- incierta”, puede leerse en la resolución de la Corte sobre el pedido realizado por los jueces Bruglia y Bertuzzi.