24/04/2024 - Edición Nº2953

La Plata

Relevamiento

Alto cumplimiento platense a las restricciones en comercios gastronómicos, bares y cervecerías

10/04/2021 | Agentes de la Municipalidad de La Plata desarrollaron un intenso operativo de control para verificar que se cumpla con el cierre a la medianoche de comercios gastronómicos, bares y cervecerías.


por Redacción


A través de la Secretaría de Seguridad y Control Ciudadano, se llevó adelante una recorrida por las zonas comerciales de la ciudad, con el objetivo de velar por el cumplimiento de las medidas restrictivas dispuestas en el Área Metropolitana de Buenos Aires (AMBA) para evitar situaciones de contagio del COVID. 

“El Municipio adhirió al decreto reglamentario dispuesto por la provincia de Buenos Aires, el cual indica la suspensión de las actividades comerciales, artísticas, deportivas, culturales, sociales y recreativas entre las 23 y las 6 de la mañana”, indicó el secretario del área, Darío Ganduglia. 

Al respecto, destacó que “tuvimos un alto acatamiento por parte de los locales comerciales y de la ciudadanía en general, lo cual es clave para poder prevenir situaciones de contagio ante el avance de esta nueva cepa del virus”. 

Precisó que “sólo se debió notificar a un comercio ubicado en diagonal 74 entre 48 y 49 sobre el horario de cierre dispuesto para las 23 horas, ya que en el lugar aún se encontraban clientes cenando. Se le solicitó que no se expidan más despachos y se cumpla en desalojar el lugar”. 

A través del decreto provincial 178/2021 publicado en el Boletín Oficial, se detalló que la restricción horaria para la actividad comercial en general será de 20 a 06 horas; mientras que las actividades en comercios gastronómicos, bares y cervecerías no podrán desarrollarse entre las 23 y las 06 horas. 

Al mismo tiempo que las personas no podrán circular entre las 00 y las 06 horas, y no podrá desarrollarse en ese horario ninguna actividad, salvo las excepciones contempladas como actividades esenciales. 

Así mismo, quedan prohibidas la actividad y reuniones sociales en domicilios particulares, salvo para la asistencia de personas que requieran especiales cuidados; actividades en casinos y bingos; bibliotecas; mercados y ferias artesanales y de alimentos en espacios cerrados; actividades deportivas colectivas con o sin contacto, al aire libre o en espacios con amplia ventilación natural, más de 10 personas; entre otras. 

En ese marco, desde el Municipio instan a los vecinos a denunciar sobre fiestas, juntadas o eventos clandestinos multitudinarios que se organicen en la ciudad sin cumplir con las nuevas disposiciones, llamando al 147 de Atención al Vecino. 

Multas de hasta dos millones de pesos

Vale recordar que las multas para quienes organicen fiestas clandestinas en bares, salones de fiestas o casa quintas, las cuales se encuentran prohibidas, podrán alcanzar hasta los 2 millones de pesos, de acuerdo al artículo 104 del Código Contravencional.

Mientas que la sanción para las juntadas masivas equivalen al pago de hasta 1 millón de pesos y recaerá no sólo en quienes organicen el encuentro, sino también en los propietarios del inmueble en el que se desarrolle y en todo el consorcio cuando se trate de edificios o barrios cerrados, de acuerdo al artículo 45 de la Ordenanza Municipal N° 6147.