
por Redacción
La iniciativa judicial viene siendo promovida hace largos meses por la concejal del Frente de Todos, Victoria Tolosa Paz, quien apunta a la Cooperativa de Agua de Abasto por vuelco de efluentes en un canal que afecta al barrio Villa Esperanza y a 600 familias que tienen sus pozos contaminados con materia fecal.
El fallo fue producido por los jueces de la Sala II, César Álvarez y Roberto Agustín Lemos Arias, luego de que la Cooperativa apelara a un fallo de primera instancia del juez Ernesto Kreplak, que en 2018 procesó a autoridades de esa Cooperativa con prisión preventiva y trabó embargo en el marco de delitos tipificados por el artículo 55 de la ley 24.051 de Residuos Peligrosos.
Según el fallo al que accedió este sábado ImpulsoBaires.com.ar: “la presente causa se inicia en virtud de la denuncia efectuada por Victoria Tolosa Paz, con el patrocinio del Dr. Víctor Eduardo Hortel, por la posible infracción a la ley 24.051”.
“Los hechos que motivan su presentación consisten en la presunta contaminación ambiental generada por la manipulación, transporte, tratamiento y disposición final de residuos peligrosos por parte de la “Cooperativa de Provisión de Agua Potable y Otros Servicios Públicos de Abasto Limitada” de la planta de tratamiento ubicada en la intersección de las calles 217 y 516 bis de la localidad de Abasto”, dice.
“En ese sentido, señala que las instalaciones de la Cooperativa se encuentran abandonadas, les falta mantenimiento e higiene”, agrega.
“Denuncia la falta de purificación de los efluentes cloacales, los cuales son vertidos directamente en un zanjón a cielo abierto, generando así una situación de contaminación ambiental que impacta directa y negativamente sobre la salud de la población con residencia en la zona, particularmente los barrios San Martín y Villa la Esperanza”, argumenta la resolución al contar hechos.
“Sostiene que, los residuos cloacales -sin tratamiento alguno- son vertidos directamente al afluente generando así una degradación de las capas del suelo y napas de agua que se encuentran inmediatamente por arriba del acuífero Puelche, una de las mayores reservas de agua”, expresa.
En otra parte, y con dichos de uno de los magistrados se lee: “Sostiene (la denuncia) que, como consecuencia de la contaminación de las aguas, la población que la consume o contacta (directa o indirectamente) presenta graves cuadros de diarreas, colitis, gastritis, reflujos, agruras y otros malestares gastrointestinales”.
Por una enorme cantidad de argumentos de peso es que la Cámara ratificó el fallo de primera instancia y además faculta al juez Kreplak para hacer inspecciones a empresas de la región presuntamente comprometidas con impacto ambiental.