26/04/2024 - Edición Nº2955

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Los proveedores de servicios de pago no podrán realizar ni facilitar operaciones con criptoactivos

04/05/2023 | (Télam) Los proveedores de servicios de pago que ofrecen cuentas de pago (PSPCP) no podrán realizar ni facilitar a sus clientes las operaciones con activos digitales, incluidos los criptoactivos, no regulados por la autoridad nacional competente y autorizados por el Banco Central de la República Argentina (BCRA), informó hoy el organismo monetario.


por Redacción


La normativa, por lo tanto, les impide a los PSPCP efectuar este tipo de operaciones por sí mismos ni ofrecer iniciarlas desde sus aplicaciones o plataformas web.

Por ofertar o facilitar se entiende la disponibilidad de botones de compra automatizados para el usuario, explicó el BCRA, que aclaró que las personas interesadas deberán realizar la operación por su cuenta.

La medida procura mitigar los riesgos que las operaciones con estos activos podrían generarles a las personas usuarias de servicios financieros y al sistema nacional de pagos, indicó la autoridad monetaria.

La norma equipara las reglas que deben cumplir esos proveedores de servicios de pago y las entidades financieras, que ya cuentan con una restricción de igual tenor desde mayo de 2022.

En mayo de 2021, el Banco Central y la Comisión Nacional de Valores (CNV) publicaron una alerta a efectos de proveer información sobre eventuales implicancias y riesgos que los criptoactivos pueden acarrear, así como recomendar una actitud prudente a fin de mitigar una eventual fuente de vulnerabilidad para las personas usuarias e inversores.

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